El alcalde anti besos de Guanajuato no está solo. La censura moral tiene una amplia tradición y perdura en numerosas leyes y reglamentos. Se trata de una discriminación institucional amparada en la oscuridad conceptual de la ley —pudor, recato, decoro, moralidad pública— y en los piadosos prejuicios de policías, jueces y demás responsables de impartir justicia.
Fernando Mino
El alcalde de Guanajuato, el panista Eduardo Romero Hicks, reculó en su intención de prohibir los besos u otros “tocamientos obscenos” en un nuevo Bando de Policía y Buen Gobierno para esa ciudad. En un intento por justificarse, el edil definió lo que entiende por “agarrones de olimpiada” —la ‘categoría’ de besos que buscaba prohibir: “Estar tocando partes privadas de la otra persona incitando a hacer el acto sexual, pero esas cosas siempre han estado prohibidas aquí y en muchos lugares”. Luego del ruido mediático y la condena, incluso de sus compañeros de partido, se echó para atrás la promulgación del nuevo reglamento.
Pero la inspiración censora de Romero Hicks es todavía común, como él mismo señala, a múltiples reglamentos municipales que hacen de los policías guardianes de la “moral pública”, instancia cuya única definición posible es la del prejuicio personal.
Las detenciones arbitrarias se alimentan del temor a la exhibición y el escarnio públicos, y suelen resolverse, las más de las veces, con una mordida liberadora del pecado o, si el efectivo no cubre las expectativas de la autoridad, en las barandillas de los juzgados cívicos. Los “infractores” suelen ser desde la pareja de adolescentes sorprendida besándose en un automóvil estacionado, hasta una pareja del mismo sexo toma-da de la mano en una plaza pública, pasando por el “vago” que duerme en la banca de un parque o la pareja que aprovecha la falta de alumbrado público para un buen faje. No hay distinción cuando se trata de defender, desde el poder supuestamente laico, una patria rígidamente católica en su comportamiento.
La legislación municipal ofrece un amplio catálogo de aberraciones y prohibiciones anticonstitucionales —si la dispersión jurídica no las ocultara de la mirada y la discusión públicas— que da para un buen recorrido por la discriminación y la violación de las garantías individuales.
Prohibiciones de besos y otras “obscenidades”
• Es infracción “tener relaciones sexuales o la realización de caricias obscenas a su acompañante en la vía pública o a bordo de algún vehículo”, según el Bando de Policía y Buen Gobierno de Los Reyes-La paz, Estado de México.
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